Adquisición para discapacitados

15415689 - ¿En qué consiste el beneficio?
Fecha de publicación: 17/04/2012

Las importaciones estarán exentas del pago de derecho de importación, de las tasas de estadística y por servicio portuario y de los impuestos internos y al valor agregado.

  • Fuente: Art. 3 Ley 19279
503778 - ¿Qué condiciones debe cumplir el vehículo?
Fecha de publicación: 17/04/2012

Debe ser un automotor nuevo de origen extranjero modelo standard sin accesorios opcionales, con los mecanismos de adaptación necesarios.

Asimismo la Dirección Nacional de Rehabilitación del Ministerio de Salud Pública y Medio Ambiente podrá autorizar la importación para consumo de los comandos de adaptación necesarios y de una caja de transmisión automática por cada persona con discapacidad con el fin de ser incorporados a un vehículo de fabricación nacional destinado a su uso personal.

  • Fuente: Art. 3 Ley 19279
986378 - ¿Cuáles son los requisitos que debo reunir para acreditar capacidad económica?
Fecha de publicación: 21/11/2005

El peticionante y su núcleo familiar deberán reunir en forma concurrente los requisitos que se indican a continuación a efectos de acreditar capacidad económica mínima para afrontar la erogación que ocasionará la adquisición y mantenimiento del automotor con goce de los beneficios establecidos:


-Tener depositado a la fecha de la solicitud en una o más cuenta/s abierta/s en instituciones del país sujetas al régimen legal de entidades financieras un importe que como mínimo sea equivalente al valor del vehículo que pretende adquirir, el que incluirá todos los gastos que tenga obligación de incurrir previos a su efectiva utilización -excepto los correspondientes a los tributos cuya exención disponen las normas precitadas- o acreditará la tenencia de títulos, acciones o bienes de fácil realización por un monto similar.


-Haber tenido la persona discapacitada o su grupo familiar durante los 12 meses inmediatos anteriores a la fecha de la solicitud ingresos mensuales no inferiores al 5 % del valor del auto que intenta adquirir.

  • Fuente: Art. 7 Decreto 1313/93
987529 - ¿Cómo debo gestionar la "Constancia de Reconocimiento de Capacidad Económica"?
Fecha de publicación: 09/03/2012

Para gestionar la "Constancia de Reconocimiento de Capacidad Económica" debe ingresar con su clave fiscal a través de la página www.afip.gob.ar al servicio "Sistema de Protección Integral de Personas con Discapacidad - Reconocimiento de Capacidad Económica de los Solicitantes del Beneficio".

  • Fuente: Art. 3 RG 3247/11
985228 - ¿Qué documentación debo presentar a la AFIP a los efectos de acreditar capacidad económica?
Fecha de publicación: 01/06/2015

Si la solicitud es aceptada, el beneficiario, el representante legal o apoderado del beneficiario, deberá presentar, dentro del plazo de 12 días corridos contados a partir del día inmediato siguiente, inclusive, al de inicio formal del trámite, la siguiente documentación:

a) Acuse de recibo de la transmisión de la solicitud efectuada vía web.

b) Original y copia de la documentación respaldatoria de la personería invocada por el beneficiario, el representante legal o apoderado y los integrantes del grupo familiar.

c) Original y copia de la partida de nacimiento del beneficiario.

d) Original y copia de la partida de defunción de alguno de los integrantes del grupo familiar, de corresponder.

e) Original y copia de la documentación respaldatoria que acredite el vínculo invocado en la solicitud (integrantes del grupo familiar).

f) Original y copia de la documentación respaldatoria que acredite el domicilio real informado por el beneficiario, representante legal o apoderado, según corresponda.

g) Original y copia de la documentación respaldatoria de los bienes propiedad del beneficiario y/o integrantes de su grupo familiar, consignados en el formulario de solicitud.

h) Original y copia de la documentación respaldatoria que acredite el origen de los fondos a utilizar en la adquisición del vehículo:

1. Compra de contado: copia de la boleta de depósito de las sumas destinadas al pago.

2. Fondos provenientes de la realización de bienes: tipo de bien, marca, modelo y valor de realización.

3. Venta de títulos y/o acciones: clase, cantidad, valor nominal, valor de plaza y denominación de la entidad emisora.

i) Certificación de ingresos extendida por contador público, cuya firma deberá ser legalizada por el correspondiente consejo profesional. Identificará a todas aquellas personas informadas en la solicitud, beneficiario y su grupo familiar, que perciban ingresos en forma independiente, consignando apellido y nombres, y Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.). j) Original y copia de recibos de sueldos del beneficiario y de su grupo familiar, correspondiente a los últimos DOCE (12) períodos, inmediatos anteriores a la fecha de la solicitud, cuando se trate de trabajador en relación de dependencia.

k) Cuando se trate de jubilados y pensionados, original y copia de comprobantes de ingresos correspondientes a los últimos DOCE (12) períodos, inmediatos anteriores a la fecha de la solicitud.

l) Certificación de ingresos extendida por el empleador -sólo para los empleados en relación de dependencia no comprendidos en el Sistema Integrado Previsional Argentino (S.I.P.A.) Ley Nº 26.425-. Identificará a la persona informada en la solicitud -beneficiario o integrantes de su grupo familiar-, que perciba ingresos en forma dependiente, consignando: apellido y nombres, Código Unico de Identificación Laboral (C.U.I.L.) y antigüedad, así como apellido y nombres, denominación o razón social y Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) del emisor de la certificación respectiva.

m) Factura pro-forma: la misma deberá cumplimentar los requisitos previstos en el punto 3., Apartado A, Anexo IV, de la Resolución General Nº 1415, sus modificatorias y sus complementarias, conteniendo:

1. De tratarse de automotores y/o de importaciones para consumo de cajas de transmisión automática y comandos de adaptación necesarios para la fabricación de automotores adaptados, para el uso de personas con discapacidad, efectuadas por las firmas titulares de empresas terminales de la industria automotriz:

1.1. Código de comprobante "X".

1.2. Leyenda "Documento no válido como factura".

1.3. Identificación de comprobante como "Factura Pro-forma".

1.4. Fecha de emisión.

1.5. Marca, tipo, modelo, país de origen y año de fabricación.

1.6. Código V.I.N.: se informarán los NUEVE (9) primeros dígitos.

1.7. Valor FOB.

1.8. Gastos relativos a la tramitación del despacho a plaza, autorizados por el beneficiario a la terminal o concesionaria, sólo en caso de no ejercer la opción establecida por la Resolución Nº 795, de fecha 30 de marzo de 1994 de la entonces Administración Nacional de Aduanas.

1.9. Valor final a abonar por el solicitante.

1.10. Tipo de moneda en que se expresa el valor final.

1.11. Impuestos aduaneros exceptuados por la franquicia.

1.12. Impuestos internos exceptuados por la franquicia.

1.13. Impuesto al valor agregado exceptuado por la franquicia.

1.14. Forma de pago:

1.14.1. Contado.

1.14.2. Financiado.

2. Para gastos adicionales por aranceles, comisiones, seguros, estadías, fletes y honorarios que deberán ser erogados por el beneficiario en el trámite de despacho a plaza, en el caso de contratarse en forma ajena al proveedor de la unidad, según lo dispuesto por la Resolución Nº 795/94 (ex ANA).

2.1. Código de comprobante "X".

2.2. Leyenda "Documento no válido como factura".

2.3. Identificación de comprobante como "Factura Pro-forma".

2.4. Fecha de emisión.

2.5. Marca, modelo y tipo de vehículo.

2.6. Código V.I.N.: se informarán los NUEVE (9) primeros dígitos.

2.7. Valor total.

3. De tratarse de automotores y/o de importaciones para consumo de cajas de transmisión automática y comandos de adaptación necesarios para la fabricación de automotores adaptados para el uso de personas con discapacidad, efectuadas por las firmas titulares de empresas terminales de la industria automotriz de fabricación nacional/ MERCOSUR:

3.1. Código de comprobante "X".

3.2. Leyenda "Documento no válido como factura".

3.3. Identificación de comprobante como "Factura Pro-forma".

3.4. Fecha de emisión.

3.5. Marca, modelo y tipo de vehículo a adquirir.

3.6. Adicionales y accesorios.

3.7. Valor de Plaza.

3.8. Valor ex - work.

3.9. Otros gastos.

3.10. Valor total.

3.11. Impuestos internos exceptuados por la franquicia.

3.12. Impuesto al valor agregado exceptuado por la franquicia.

3.13. Forma de pago:

3.13.1. Contado.

3.13.2. Financiado: deberá detallarse el nombre y apellido, Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.), Código Unico de Identificación Laboral (C.U.I.L.) o Clave de Identificación (C.D.I.) del futuro titular del plan y vínculo con el beneficiario -cuando no sea la persona con discapacidad-, valor y cantidad de cuotas convenidas.

  • Fuente: Arts. 11, 12 y Anexo II RG 3247/11
15272827 - ¿En qué dependencia de AFIP debo presentar la documentación requerida?
Fecha de publicación: 09/03/2012

La presentación de la documentación requerida deberá formalizarse ante la dependencia de esta Administración Federal que corresponda a la jurisdicción del domicilio que en cada caso se indica:

a) Si el beneficiario solicitante posee CUIT: la del domicilio fiscal vigente a la fecha de inicio de la solicitud, aun cuando la presentación se efectivice mediante la intervención de un representante legal o apoderado.

b) Si el beneficiario solicitante no posee CUIT: la de su domicilio real.

Cuando se trate de solicitantes que no posean CUIT y la presentación la realice el representante legal o el apoderado, excepcionalmente la misma se podrá efectuar ante la dependencia en que se encuentre inscripto este último.

De no existir razones de índole fiscal que obliguen al representante legal o apoderado a inscribirse, las presentaciones se realizarán ante la dependencia a cuya jurisdicción corresponda el domicilio real del mismo.

  • Fuente: Art. 22 RG 3247/11